El Ayuntamiento de Tirajana

     Este Ayuntamiento rigió los destinos de Gran Canaria hasta el decreto de las Cortes de Cádiz de 26 de mayo de 1.812, que permitió la creación  de los ayuntamientos constitucionales en diversos pueblos de la isla. Mientras, la única excepción fue el Señorío de la Villa de Agüimes donde, por cédula fundacional, había dos Alcaldes: uno ordinario para las causas civiles, nombrado por el Obispo, y otro Juez Real para las causas criminales, elegido por la Real Audiencia. 

     Carlos III ordena el 12 de octubre de 1.769 que en los Ayuntamientos hubiera dos Diputados del Común y un Síndico, elegidos por los vecinos, quienes también elegirían a los alcaldes pedáneos. Hasta tal fecha, los alcaldes ordinarios eran elegidos por los corregidores, y luego, después del conflicto de competencias, por la Real Audiencia. 

     Según el primer libro de bautismo de la parroquia de Tunte, se encuentra, en 1.599, sirviendo de padrinos al alcalde pedáneo Simón Martín y a Salvador Pérez en 1.606. En el pleito de linderos entre los Curas de Agüimes y Tirajana y en la declaración de 1.693, aparecen como alcaldes Cristóbal Lorenzo, Blas de Quintana, Juan Sígala, etc. alcaldes anteriores al decreto de las Cortes de Cádiz, posteriores lo fueron Juan Agustín Carreño, Francisco Alemán Espino, Domingo Ortiz. 

     El nuevo modelo de Ayuntamiento según las Cortes de Cádiz, se instaló pronto en Las Palmas y en otros lugares de Gran Canaria, en cambio no se ha encontrado aún ninguna nota del Ayuntamiento constitucional de Tirajana; únicamente un acta notarial de dos concejales, de 1 de julio de 1813, comisionados para pedir al Cabildo Catedral un sacerdote Coadjutor para su pueblo. 

-- Indice Historia Municipio de Santa Lucía --